Carta de porte electrónica, transporte de granos

5 agosto, 2022 / BY / IN AFIP

A fines de efectuar el seguimiento físico del movimiento de granos y/o subproductos, el ente recaudador estimó conveniente crear la «Carta de Porte Electrónica – Derivados Granarios» y establecer su uso obligatrorio para el transporte automotor, ferroviario y por cualquier otro medio de transporte terrestre de los mismos que se realice en el país. Entró en vigencia el 19/7/22 y resulta de aplicación optativa para los traslados que se efectúen a partir del 15 de diciembre de 2022, inclusive, y obligatoria para los traslados que se efectúen a partir del 1 de marzo 2023, inclusive.