Las ART deberán cubrir los accidentes de asociados a cooperativas de trabajo que así lo soliciten

29 septiembre, 2022 / BY / IN Novedades

La medida se oficializó el pasado viernes 23 de septiembre en el Boletín Oficial a través del Decreto 651/2022 donde se dispone la extensión de la aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 a todos los trabajadores asociados en las Cooperativas de Trabajo previstas por la Ley de Cooperativas N° 20.337.

En principio, la cooperativa deberá ser quien solicite su inclusión dentro de dicho régimen para sus asociados.

Esta decisión será adoptada por la asamblea de socios y socias de la Cooperativa de Trabajo, conforme las formalidades y condiciones dispuestas por la Ley N° 20.337. Si es aprobada, deberá contratar la cobertura de sus asociados con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y abonar las correspondientes alícuotas.

Bases de cálculo

  • Para la determinación del Ingreso Base establecido por el Art 12 de la Ley N° 24.557, el cálculo será efectuado sobre la base de las retribuciones promedio declaradas para el trabajador durante el año anterior a la primera manifestación invalidante o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor, conformadas por la distribución de excedentes definidos por la cooperativa o sobre el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), el que sea mayor.
  • En el caso de las prestaciones previstas en el Art. 23 de la citada Ley Nº 24.557 será efectuada sobre la base de la retribución mensual declarada para el trabajador asociado, conformadas por la distribución de excedentes definidos por la cooperativa o sobre el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), el que sea mayor.

La superintendencia de seguros de la nación y la superintendencia de riesgos de trabajo, podrán dictar las normas que resulten necesarias para la correcta aplicación de este decreto.

Fuente: https://blogdelcontador.com.ar/las-art-deberan-cubrir-los-accidentes-de-asociados-a-cooperativas-de-trabajo-que-asi-lo-soliciten/