Emitida el 26/07/2012
Publicada en Boletín Oficial Nro.: 32.465 de fecha 23/08/2012
Tomar debida nota:
Para las transferencias en concepto de ayuda familiar será necesaria la conformidad previa del BCRA para cursar operaciones de esa índole cuando se supere el equivalente de US$ 1.500 por cliente en el mes calendario en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios.
Asimismo, las transferencias por ayuda familiar que superen los US$ 300 por cliente y por mes calendario, deben ser realizadas con cheque propio del cliente o con débito a la cuenta a la vista del cliente en una entidad financiera local, por alguna de las modalidades de medios de pago vigentes.
La presente circular también incluye otros cambios, tal es el caso de las transferencias en concepto de becas y gastos de estudio, permisos de embarque y servicios de transporte internacional de cargas.
La Comunicación BCRA A-5330 introdujo algunas modificaciones a la Comunicación A-5318, A-5315 y a la Comunicación A-5233, entre las modificaciones incorporadas, para los exportadores cabe destacar el punto que afecta principalmente a las comisiones comerciales que estando en el permiso de embarque pueden no quedar autorizadas.
Para mas información, consulte la fuente oficial: www.bcra.gob.ar