Pagos anticipados de importaciones de bienes

4 noviembre, 2014 / BY / IN BCRA

Operaciones cursadas bajo el código de concepto 152 “Pagos anticipados de importaciones de bienes (excepto bienes de capital)”

Se deben presentar del mismo modo que se cursaban las operaciones de pago anticipado de bienes hasta el día de ayer. La diferencia con la operatoria anterior es la utilización de este nuevo código de concepto y que el plazo de demostración de registro de ingreso aduanero o reingreso de los fondos se debe realizar dentro de los 120 días corridos desde la fecha de acceso al MULC.

 

Operaciones cursadas bajo el código de concepto 156 “Pagos anticipados de importaciones de bienes de capital”

Adicionalmente a los requisitos establecidos para pagos anticipados de bienes cursados hasta el día de ayer, se debe completar el campo de Posición Arancelaria que figura en el boleto de cambio ( ver recuadro amarillo ).  En el mismo se deben detallar todas las posiciones arancelarias comprendidas en la operación, las cuales deberán encontrarse clasificadas como BK (Bien de Capital) en la Nomenclatura Común del Mercosur (decreto Nº 690/02 y comp.). El plazo de demostración de registro de ingreso aduanero o reingreso de los fondos se debe realizar dentro de los 365 días corridos desde la fecha de acceso al MULC.

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