Plazos para el ingreso de divisas al Sistema Financiero Local: Resolución Ministerio de Economía y Finanzas Públicas N° 375/2015

25 junio, 2015 / BY / IN Novedades

Mediante la resolución de referencia se establecen plazos diferenciales de ingresos de divisas de exportación para ciertas mercaderías de determinadas compañías, detalladas en su respectivo anexo.

Es muy importante considerar que según lo estipulado en los artículos 2 y 3 de la presente resolución, cuando se trate de operaciones entre vinculadas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 1 de la Res. 269/01 Y modificatorias.  La Res. 231/12, en su artículo 3, sustituye al artículo 1 de la Res. 269/01 e indica que cuando se trate de operaciones entre vinculadas, los exportadores deberán ingresar las divisas al sistema financiero local en el plazo de treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha en que se haya cumplido el embarque, salvo los casos alcanzados por la Res. Economía 451/2014.

Descargar RMECO_375_2015