Informamos a Uds. que mediante Res. 3373/12 se derogó el CVDI, afectando directamente las alícuotas que se tributan como IVA Adicional e Impuesto a las Ganancias. Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del décimo día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive ( 07/09/2012).
Para mas información, consulte la fuente oficial: www.afip.gob.ar